Novedades en la declaración de la renta 2021-2022 en materia de vivienda

El próximo miércoles 6 de abril comenzará una nueva campaña de la renta. A partir de esta fecha, y hasta el 30 de junio, los contribuyentes podrán presentar sus declaraciones. Muchas son las dudas que surgen siempre a la hora de complementarla, en especial en materia de vivienda, pues tanto en casos de residencia de habitual como de alquiler esta debe constar en la declaración.

“En la mayoría de los casos, los contribuyentes deberán incluir sus viviendas en propiedad en la declaración de la renta. Quedaría exentos los casos en los que el ciudadano sea nudo propietario o dueño de un solar no edificado”, recuerda Ferran Font, director de Estudios y portavoz de pisos.com.

En el caso concreto de las viviendas en alquiler, aquellos propietarios que obtengan unos ingresos íntegros por encima de los 1.600 euros deberán hacer la declaración como “rendimientos de capital inmobiliario” y podrán disfrutar de deducciones de hasta el 60% sobre el rendimiento de aquellos inmuebles alquilados destinados a una vivienda habitual.

“El caso de los inquilinos es más complejo”, advierte Font, al recordar que las deducciones para este colectivo “no son uniformes en España y dependen de cada Comunidad Autónoma”. Sin entrar en las particularidades de cada región, a nivel estatal, todos los inquilinos con contratos previos a 2015 podrán aplicar reducciones de hasta el 10,5% por la renta del alquiler, siempre y cuando la base no sea superior a 9.040 euros.

Una novedad a tener en cuenta este año, relacionada con el alquiler, es que, a partir de ahora, todos aquellos arrendadores que no sean grandes tenedores (menos de 10 inmuebles o 1.000 metros cuadrados construidos), “podrán deducirse la rebaja en la renta que voluntariamente se hayan aplicado sobre sus locales alquilados a raíz de la crisis sanitaria de la COVID-19”.

Novedades respecto a la declaración anterior

“En relación con los cambios que introduciría la nueva Ley de la Vivienda en cuestiones de tributación, cabe destacar que la entrada en vigor de las deducciones fiscales tendrá lugar el 1 de enero del año siguiente a la aprobación de la ley. Es decir, si el texto se aprueba finalmente este año, sus deducciones fiscales se aplicarán en 2023”, revela el experto.

A pesar de esto, sí que existen otras novedades en materia de vivienda a tener en cuenta en la próxima declaración de la renta. Un buen ejemplo es el caso de rehabilitación con bonificaciones por obras de mejora de eficiencia energética, cuyas deducciones oscilan “entre el 20% y el 60%” en función del coste de las obras. “En resumen, podemos afirmar que habría una deducción del 20% para aquellas obras que reduzcan al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración, con una base máxima de 5.000 euros”, indica Font.

Por otro lado, existen novedades también en referencia al patrimonio, pues “Hacienda hace extensivo a todos los no residentes la aplicación de la normativa aprobada por cada CCAA donde radique el mayor de los valores de los bienes y derechos de los que sean titulares”.

Posible reactivación de la deducción por compra de bien habitual

Otra de las cuestiones que más debate ha generado es la posibilidad de que se reactive la deducción por compra de bien habitual, la cual, desde el portal pisos.com, no es vista como una medida positiva.

“En primer lugar, porque tras varios años de estar suspendida, a día de hoy sería un agravio comparativo entre los contribuyentes que han empezado a comprar y a adquirir una vivienda a partir de ahora y aquellos que la adquirieron en el periodo comprendido entre el 1 de enero del 2013 hasta la fecha de la activación. Por otro lado, esta sería una ayuda que no es progresiva, por lo que no beneficiaría más a quien menos tiene; no tiene esa función equilibradora”, detalla Font.

En definitiva, considera que se trata de una medida que estimula la compra como única finalidad, cuando “estamos en un momento donde precisamente hay consenso en que es necesario hacer mayor el parque de viviendas en alquiler, ya sea de protección oficial, de alquiler asequible o de mercado libre, precisamente para ayudar a que los más jóvenes se emancipen o para mejorar la accesibilidad a la vivienda por parte de la población en general”.

Please follow and like us:

Comparte esta noticia

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *