El alquiler tradicional o de larga estancia, tal y como nos demuestran las estadísticas, se está desmoronando como un azucarillo, pasando gran parte de su oferta a otro tipo de alquileres de viviendas menos intervenidos (alquileres de temporada o de habitaciones), o a otros sectores, como el de la compraventa; lo cual está impidiendo, al haber menos oferta, que las rentas puedan bajar.
En opinión de José Ramón Zurdo, Abogado experto en derecho arrendaticio y Director General de la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA) “ mientras no haya más seguridad jurídica, menos intervencionismo y más incentivos fiscales o de otro tipo, para que los arrendadores saquen mas viviendas al alquiler, el problema del alquiler tradicional de viviendas persistirá, la oferta tenderá a seguir disminuyendo y los precios seguirán al alza”.
. La Seguridad Jurídica empieza por erradicar de una vez por todas el fenómeno de la Okupación de viviendas.
. La Seguridad Jurídica también exige, aunque no esté muy bien visto el decirlo, modificar de nuevo, nuestras Leyes Procesales Civiles y Penales para implementar verdaderos procedimientos rápidos de resolución de conflictos, en los que la posesión de las viviendas se recupere en plazos reales no superiores a los tres meses.
.Los últimos cambios procesales que se han realizado en materia de desahucios, que aumentan de forma considerable los plazos para la recuperación de las viviendas; exigen que El Estado compense a los arrendadores particulares que se ven perjudicados por estos lentos procedimientos, con las rentas dejadas de percibir hasta la efectiva recuperación de la posesión de sus viviendas.
.El intervencionismo del Estado en el precio de los alquileres o en las actualizaciones de renta, en los arrendamientos entre particulares; exige que el Estado deba compensar a los arrendadores que se vean sometidos a estos intervencionismos, con beneficios fiscales o de otro tipo, que cubran realmente las diferencias que se produzcan entre las rentas intervenidas y las rentas reales.
.Para que haya mayor seguridad jurídica, al contrario de lo que ocurre en estos momentos, también debería ser obligatorio, que todo proceso de gestión de alquileres entre particulares, conlleve la intervención obligatoria de profesionales cualificados, como pueden ser los Agentes de la Propiedad Inmobiliaria, al igual que ocurre actualmente con los Administradores de Fincas.
La alta permisividad de fenómenos como el de la ocupación de viviendas y la lentitud de los procedimientos procesales que tienen que sufrir los arrendadores para recuperar la posesión de sus viviendas, en casos de okupaciones, falta de pago de rentas o inquiocupaciones, está originando el efecto llamada de que durante plazos muy largos de tiempo se puede vivir gratis en España, sin pagar nada a cambio.
Del mismo modo, y a sensu contrario, una regulación eficaz y rápida de estos problemas, lanzaría mensajes de estabilidad de que se está protegiendo la propiedad privada; de esta manera, arrendadores, inversores y promotores confiarían más en el alquiler y sacarían más viviendas al alquiler tradicional.
Los poderes Públicos no pueden pretender vincular a los arrendadores particulares, de sus actuales carencias de vivienda pública en alquiler para atender a los colectivos más vulnerables y necesitados, y si lo hicieran, como de hecho lo están haciendo, deberían compensar a estos de los mayores riesgos que les trasladan.