La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) pide que se regule antes de un año la figura del técnico que será encargado y competente para expedir certificados energéticos de las viviendas y edificios.
Así lo indica el ‘superregulador’ en el informe emitido a solicitud del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico sobre el proyecto de Real Decreto que fijará el procedimiento básico para la certificación energética de los edificios.
La CNMC también recomienda que la regulación de la habilitación profesional de los técnicos que den los certificados energéticos, ya sea el técnico competente, el técnico ayudante, el auditor energético o el proveedor de servicios energéticos, «no se vincule a titulaciones concretas, sino a la capacitación técnica del profesional».
La certificación de la eficiencia energética de un inmueble valorará el consumo de energía necesario en condiciones normales de ocupación y funcionamiento para satisfacer la demanda de energía en calefacción, refrigeración, ventilación, agua caliente sanitaria o iluminación.
Según detalla la CNMC, dicha calificación se obtiene a través del cálculo establecido en el procedimiento básico de certificación y se expresa mediante un distintivo (‘etiqueta’) que acredita la eficiencia energética obtenida.
El certificado de eficiencia energética (CEE) debe entregarse al comprador o al arrendatario en caso de nueva construcción, venta o alquiler de inmuebles.