El Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos, ha asegurado hoy que el Real Decreto-ley de medidas de reactivación económica para hacer frente al impacto de la COVID-19 en los ámbitos de transportes y vivienda, salvaguarda la protección de los hogares en el ámbito del alquiler, protege la salud en el ámbito aéreo y proporciona liquidez a las empresas.
Con esta nueva norma, que fue aprobada por el Consejo de Ministros el pasado 7 de julio, se desarrollan medidas que buscan paliar las dificultades sobrevenidas por efecto de la pandemia en los sectores del transporte y la vivienda.
En el ámbito de la vivienda, dichas medidas tienen como objetivo regular el derecho de superficie para la promoción del alquiler asequible o social mediante la colaboración entre administraciones públicas y la iniciativa privada, para que no sea preceptiva la existencia del canon a abonar a la Administración y, regulando los instrumentos de colaboración entre las distintas administraciones públicas, de cara a ampliar el parque de viviendas en régimen de alquiler asequible o social.
Asimismo, con el objeto de optimizar la eficiencia de los recursos estatales, se posibilita a las Comunidades Autónomas, Ceuta y Melilla a que los fondos del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, desde los ejercicios 2018 hasta este año 2020, no materializados en el compromiso financiero inicialmente adquirido o no lleguen a comprometerse, puedan destinarlos a ayudas de otros programas de dicho plan durante la vigencia del mismo, de manera que no tengan que reintegrar el dinero no ejecutado al Estado.
Ampliación de plazos
Por otra parte, con el fin de homogeneizar la duración de las medidas sociales en materia de vivienda, las últimas medidas se refieren a la ampliación de plazos en situaciones de vulnerabilidad:
– Se prórroga hasta el 30 de septiembre la vigencia del bono social eléctrico.
– Se extiende hasta el 29 de septiembre la posibilidad de solicitar la moratoria en el pago del préstamo con garantía hipotecaria.
– Con el fin de evitar la sucesión de impagos de créditos o préstamos sin garantía hipotecaria, se extiende hasta el 29 de septiembre la posibilidad de solicitar la moratoria.
– Se regula la ampliación de los contratos de arrendamiento de vivienda que pueden acogerse a la prórroga extraordinaria de seis meses, hasta el 30 de septiembre de 2020.
– Se amplía hasta el 30 de septiembre el plazo para solicitar la moratoria o aplazamiento del pago de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda, cuando el arrendador sea un gran tenedor o una entidad pública.
– Se amplía hasta el 30 de septiembre la garantía de la continuidad del suministro energético y de agua para consumidores domésticos en vivienda habitual.