MIVAU. El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica la Resolución por la que se declaran zonas de mercado residencial tensionado 131 nuevos municipios de Catalunya. Esta resolución de MIVAU da a conocer la relación de zonas de mercado residencial tensionado según lo establecido en el artículo 18 de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, en el tercer trimestre de 2024. Dispone su entrada en vigor mañana, 10 de octubre.
La medida afecta a 131 municipios catalanes, tal y como había solicitado el Govern de la Generalitat de Catalunya el pasado julio. El periodo de vigencia de la zona tensionada es de tres años desde el día siguiente a la publicación de la resolución, mientras que se define como “gran tenedor” a “la persona física o jurídica que sea titular de cinco o más inmuebles urbanos de uso residencial ubicados en la zona de mercado residencial tensionado”.
En total, con la declaración del pasado mes de marzo, son 271 municipios catalanes declarados como de zonas de mercado residencial tensionado.
Desde este momento, en estas zonas se aplica, además del ‘Índice de precios’, en el marco de la colaboración entre administraciones medidas para:
- Promover fórmulas de colaboración con las administraciones competentes y con el sector privado para estimular la oferta de vivienda asequible en dicho ámbito y en su entorno.
- El diseño y adopción de medidas de financiación específicas para ese ámbito territorial que pudieran favorecer la contención o reducción de los precios de alquiler o venta.
- El establecimiento de medidas o ayudas públicas específicas adicionales dentro del plan estatal de vivienda vigente, de acuerdo con las previsiones que en su caso éste establezca.
Listado completo de los municipios catalanes declarados por la Resolución como ‘zonas de mercado tensionado’
Aiguafreda, Albinyana, Alcanar, Alcarràs, Alcover, l’Aldea, Almacelles, Alpicat, Altafulla, l’Ametlla de Mar, l’Ametlla del Vallès, l’Ampolla, Anglès, l’Arboç, Arbúcies, Artés, Artesa de Segre, Bagà, Begues, Begur, Bellpuig, Bellver de Cerdanya, Besalú, Bigues i Riells del Fai, la Bisbal del Penedès, les Borges Blanques, Breda, Cadaqués, Calaf, Calafell, Caldes de Malavella, Calonge i Sant Antoni, Canyelles, Cassà de la Selva, Castellet i la Gornal, Castellgalí, Castelló d’Empúries, Castell d’Aro, Platja d’Aro i S’Agaró, Castellterçol, Celrà, Centelles, Creixell, Cunit, Deltebre, Dosrius, l’Escala, l’Esquirol, Folgueroles, Fornells de la Selva, Gelida, Gironella, Hostalric, Linyola, Llançà, Lliçà d’Amunt, Lliçà de Vall, Maçanet de la Selva, Masquefa, Moià, Monistrol de Montserrat, Montblanc, Montbrió del Camp, Mont-roig del Camp, Móra d’Ebre, el Morell, Navàs, Òdena, Olèrdola, Olesa de Bonesvalls, Olivella, Pallejà, la Palma de Cervelló, Pals, Peralada, Piera, la Pobla de Montornès, el Pont de Suert, Ponts, Prats de Lluçanès, Puig-reig, la Ràpita, Riells i Viabrea, Riudarenes, Riudoms, Roda de Berà, Roda de Ter, Roses, Sant Antoni de Vilamajor, Sant Cebrià de Vallalta, Sant Esteve de Palautordera, Sant Feliu de Codines, Sant Hipòlit de Voltregà, Sant Jaume dels Domenys, Sant Jaume d’Enveja, Sant Joan de Vilatorrada, Sant Julià de Ramis, Sant Llorenç d’Hortons, Sant Llorenç Savall, Sant Martí Sarroca, Sant Pere de Riudebitlles, Sant Pere de Torelló, Sant Pere de Vilamajor, Sant Pere Pescador, Sant Quirze de Besora, Santa Bàrbara, Santa Coloma de Queralt, Santa Cristina d’Aro, Santa Eulàlia de Ronçana, Santa Maria de Palautordera, Santa Oliva, Santpedor, la Selva del Camp, la Sénia, Sentmenat, Seva, Sils, Súria, Taradell, Torrelles de Foix, Torroella de Montgrí, Tossa de Mar, Ulldecona, Vacarisses, Vallgorguina, Vidreres, Vielha e Mijaran, Viladecavalls, Vilafant, Vilanova del Vallès, Vilobí d’Onyar, Vinyols i els Arcs.
¿Qué es el Índice de Precios?
El Sistema Estatal de Referencia del Precio del Alquiler de Vivienda (SERPAVI) −conocido como Índice de Precios de Referencia− es una base de datos pública de contratos de alquiler. Esta base está creada y actualizada periódicamente con diferentes fuentes de información estatales, autonómicas y locales, para ofrecer información, a modo de referencia y a título orientativo, a los arrendadores y arrendatarios, para la fijación de la renta en los nuevos contratos de arrendamiento de viviendas. También para las administraciones públicas, con el fin de que puedan realizar un adecuado seguimiento y evaluación de las políticas impulsadas en materia de vivienda en un territorio determinado.
Aplica, a título orientativo, a todos los usuarios y usuarias del mercado del alquiler como fuente de información de los precios de referencia de una zona o una vivienda concreta.
A mayores, se puede establecer, como un mecanismo excepcional y acotado en el tiempo, el valor superior del rango como límite del precio de la renta de los nuevos contratos de arrendamiento o los contratos de los arrendadores considerados como “grandes tenedores” en aquellas zonas que se declaren de mercado residencial tensionado, según lo establecido en la Ley por el Derecho a la Vivienda, como es el caso de la Resolución que publica hoy el BOE.
¿Dónde lo puedo consultar?
El Índice de Precios de Referencia se puede consultar en la página web del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana a través de dos formas:
En primer lugar, a través de una aplicación web que permite conocer un rango de valores de referencia para el alquiler de una vivienda, de acuerdo con su localización y características: https://www.mivau.gob.es/vivienda/alquila-bien-es-tu-derecho/serpavi
O, en segundo lugar, la referencia para el alquiler de una vivienda concreta que puede consultarse a través de su dirección o referencia catastral y que tiene en cuenta todas las características individuales de la propiedad: https://serpavi.mivau.gob.es/