El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se modifica y mejora el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 y la Orden TMA/378/2020, de 30 de abril.
En este Real Decreto se definen los criterios y requisitos de los
arrendatarios de vivienda habitual que pueden acceder a las ayudas
transitorias de financiación establecidas en el artículo 9 del real
decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas
urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer
frente al covid-19.
Las modificaciones introducidas, todas ellas dirigidas a facilitar la
gestión y lograr una mayor eficiencia de los recursos, se concretan en:
1. Supresión de la exigencia de la suscripción de un Acuerdo
entre el Ministerio, la Comunidad Autónoma y el Ayuntamiento
correspondiente, con carácter previo a la adquisición de
viviendas por las Administraciones Publicas o sus entidades vinculadas o dependientes, con ayudas del Ministerio, con objeto de acelerar el incremento el parque público de vivienda.
2. Extensión de la ayuda a la adquisición de vivienda a los
jóvenes, no solo en municipios de menos de 5.000 habitantes
sino también en núcleos de población de menos de 5.000
habitantes. Se aclara así la intención inicial del regulador y se
incrementa la contribución a los objetivos del Reto
Demográfico.
3. Extensión del plazo de concesión de las ayudas del Plan
Estatal de Vivienda 2018-2021 hasta el 31 de diciembre de
2022, facilitando la gestión y mejorando la eficiencia de los
recursos transferidos por el Ministerio a las comunidades
autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para dicho Plan
Estatal.
4. Ampliación del plazo para la adquisición del compromiso
financiero por las comunidades autónomas y las ciudades de
Ceuta y Melilla en la ejecución de cualquier ayuda del Plan
Estatal de Vivienda 2018-2021, con cargo a los fondos
comprometidos por el Ministerio en los ejercicios 2020 y 2021,
hasta el 31 de diciembre de 2020 y el 31 de diciembre de
2021, respectivamente.
5. Ampliación del plazo de ejecución de 193 actuaciones de
fomento de la regeneración y renovación urbanas, articuladas
al amparo del Plan Estatal 2013-2016 y su prórroga, en dos
años, hasta el 31 de diciembre de 2022. Esta ampliación ha
venido siendo solicitada por las comunidades autónomas y con
ella se mantiene la actividad, manteniendo e incluso creando
puestos de trabajo y mejorando la calidad de vida de los
ciudadanos que habitan los ámbitos afectados.
6. Regulación de un proceso de verificación y comprobación
razonablemente eficiente y que garantice la correcta aplicación
de las ayudas transitorias de financiación aprobadas en el
artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, es
decir, de los préstamos avalados y subvencionados por el
Estado para arrendatarios vulnerables como consecuencia de
la pandemia del COVID-19.