El Gobierno de España ha aprobado el segundo paquete de medidas de ayuda para paliar las consecuencias de la DANA que afectó a la Comunitat Valenciana, Castilla-La Mancha y Andalucía en las pasadas semanas.
En este nuevo paquete, el Ejecutivo ha sumado cinco nuevos grandes ejes en materia de vivienda, entre las que se encuentran:
- Se establecen como beneficiarios de las ayudas por pérdidas de enseres, eliminando el requisito de primera necesidad de éstos, a los inquilinos de las zonas afectadas y a los propietarios de viviendas cuyos arrendatarios tengan fijada en dicha vivienda su residencia habitual;
- Se habilitan los mecanismos para el adelanto del 50% de las ayudas por daños materiales e incluye como subvencionables los gastos de peritación, entre otros necesarios para cursar la solicitud de las ayudas;
- Se destinan 25 millones de euros para que SEPES compre viviendas destinadas al alojamiento de aquellas personas que hayan perdido temporal o definitivamente sus hogares;
- Se crea un grupo de trabajo y una comisión de coordinación intersectorial para agilizar y facilitar la obtención de suelos finalistas para la construcción de vivienda pública en las zonas afectadas;
- Por último, se lanza una línea de ayudas para que los municipios adapten sus Planes de Acción Local a las posibles consecuencias climáticas.
Además, a través de la división social de SAREB, pone a disposición las primeras 150 viviendas ubicadas en zonas afectadas o próximas de forma gratuita e inmediata en esta misma semana, tras ser amuebladas y acondicionadas.
Asimismo, SAREB procederá a la exención del pago del alquiler a más de 800 familias alojadas en sus viviendas de la Comunitat Valenciana y de las localidades de Letur y Mira de Castilla-La Mancha, durante los próximos 3 meses, para darles seguridad y apoyo.
Ayudas a los inquilinos
El Consejo de Ministros ha dado luz verde a una ampliación de los beneficiarios de las ayudas aprobadas en el Real Decreto-ley 6/2024, aprobado la semana pasada. Principalmente, se ha dado una nueva redacción al artículo 3 del citado texto para añadir, por primera vez en un paquete de ayudas de estas características, a los inquilinos de las viviendas afectadas por la DANA como beneficiarios de las ayudas por destrucción o daños en enseres.
Además, la nueva redacción amplía los daños materiales subvencionables, eliminando la característica de bien de primera necesidad de los enseres domésticos dañados e incluyendo todo tipo de enseres domésticos, para facilitar la vuelta a la normalidad lo antes posibles de las familias afectadas.
Para la solicitud de las ayudas, la Norma aprobada esta semana por el Ejecutivo establece que bastará con que las personas arrendatarias aporten el contrato de arrendamiento, o cualquier documentación justificativa análoga para cursar la solicitud al efecto de percibir las cuantías económicas que pueden ascender hasta los 10.320 €.
Asimismo, el texto amplía los posibles perceptores de las ayudas al incluir a las personas propietarias o usufructuarias de viviendas que no tengan en ellas su residencia habitual, pero las tengan arrendadas a otras personas que sí que las utilicen con dicho fin. En este supuesto, podrán solicitar las ayudas previstas tanto para daños en viviendas como daños de los enseres incluidos en el contrato de arrendamiento, aportando dicho contrato o cualquier otro documento que justifique la existencia del arrendamiento para vivienda habitual.
En resumen, las ayudas podrán ser solicitadas por propietarios que utilizasen las viviendas dañadas como residencia habitual, los inquilinos que hayan fijado en esas viviendas su residencia habitual o, en su defecto, los propietarios de viviendas arrendadas cuyos inquilinos las tengan fijada como su residencia habitual.
El Gobierno comprará viviendas a través de SEPES
El Real Decreto-ley aprobado hoy por el Consejo de Ministros fija una subvención de 25 millones de euros en favor de SEPES Entidad Pública del Suelo, adscrita al Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, para financiar la compra de viviendas para el alojamiento de aquellas personas que han perdido temporal o definitivamente su hogar tras la DANA. Los beneficiarios serán aquellas personas residentes en las zonas afectadas y cuya vivienda haya sufrido daños que impidan la ocupación temporal o permanente debido a las consecuencias de este fenómeno meteorológico.
Las viviendas a adquirir deberán estar en condiciones de ser ocupadas con carácter inmediato por las personas afectadas, o en un plazo compatible con la urgencia de la necesidad a cubrir, y cumplirán con la normativa de carácter estatal, autonómico o local que les fuera de aplicación.
Agilización de las ayudas de respuesta inmediata
Además, el Gobierno ha establecido en esta nueva Norma el pago anticipado a cuenta de las ayudas concedidas de hasta un 50% a través de una declaración responsable en la que los interesados manifiesten que cumplen con todos los requisitos. Este anticipo se podrá percibir siempre y cuando no se hubiera recibido compensación alguna previa por dichos daños. El pago del resto de la subvención se realizará toda vez verificada por la Administración la concurrencia de los requisitos exigidos.
Además, los costes de elaboración de informes de evaluación, informes técnicos, proyectos u otros de gestión imprescindibles para la reparación de los daños serán subvencionables, con el límite máximo de las cuantías previstas en el Real Decreto-ley aprobado la semana pasada.
Plan de Reconstrucción
El Gobierno de España ha acordado la creación de un grupo de trabajo y una comisión de coordinación intersectorial con el objetivo de agilizar y facilitar la obtención de suelos finalistas susceptibles de ser utilizados para la construcción de vivienda sujeta a algún régimen de protección pública en las zonas afectadas por la DANA.
El grupo de trabajo estará formado por las administraciones competentes en materia de suelo, urbanismo y vivienda, a los efectos de que se puedan habilitar procedimientos extraordinarios y urgentes para la obtención de los citados suelos. Estos procedimientos podrán contemplar la reducción del número de informes que deben emitirse según los casos, proponer su emisión conjunta por parte de cada administración o valorar la aplicación de la regla del silencio administrativo positivo si estos no son emitidos en el plazo establecido por la normativa aplicable.
Por otro lado, la comisión de coordinación intersectorial facilitará la gestión unificada de la emisión de los informes que competan a la Administración General del Estado que tengan por objeto la obtención de suelos finalistas susceptibles de ser utilizados para la construcción de vivienda sujeta a algún régimen de protección pública en las zonas afectadas por la DANA.
En materia de Agenda Urbana, el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana promoverá la concesión de ayudas directas por importe de diez millones de euros destinadas a las entidades locales afectadas por la DANA. El objetivo de dichas ayudas es la elaboración, actualización o ampliación de los Planes de Acción Local que, de conformidad con la metodología de la Agenda Urbana Española, permitan identificar proyectos y actuaciones concretas susceptibles de ser abordadas con carácter prioritario. Entre dichas actuaciones podrá estar la actualización de los correspondientes instrumentos de planeamiento urbanístico.