Los administradores de fincas piden que las nuevas instalaciones térmicas sean económicamente rentables

Madrid. 05/04/2018

El Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital ha sometido a información pública, antes de su publicación en el BOE, el Proyecto de Real Decreto por el que se regula la contabilización de consumos individuales en instalaciones térmicas de edificios, un capítulo que, según la Comisión Europea, tenía que haber sido de obligado cumplimiento en nuestro país desde el 1 de enero de 2017.

“El decreto llega tarde, sin el debate público necesario, empujado por Bruselas y sobre todo por un sector instalador cuyos argumentos no han tenido, al menos hasta el momento, el suficiente contraste público”“Las experiencias que se vienen conociendo, si bien indican una reducción del consumo de energía, no confirman que se produzcan ahorros económicos en el recibo que se cursa a los vecinos”, señala Manuela Julia Martínez, presidenta en funciones de CAFMadrid. Por tanto, insiste que “habrá que estar muy vigilantes para que todo proyecto que se vaya a realizar `sea económicamente rentable´ como el mismo borrador de Real Decreto alerta”.

Según este Proyecto de RD, los edificios colectivos con sistema de calefacción central deberán tener instalados contadores individuales que midan el consumo de calor y frío de cada vivienda o local, “siempre que sea técnicamente viable y económicamente rentable”. Pero, en el caso de calefacción, y si la anterior opción no es posible, el Gobierno impondrá la obligación de instalar repartidores de costes de calefacción, unos dispositivos que se colocan en cada uno de los radiadores de las viviendas.

CAFMadrid lamenta que no se tenga en cuenta la necesidad de instalar válvulas termostáticas que permitan regular el caudal de agua que entra en cada uno de los radiadores y, con ello, la temperatura de cada una de las habitaciones independientemente a las demás.

“Conviene indicar también que para un correcto funcionamiento de las instalaciones, sobre todo las más antiguas, es preciso un equilibrado hidráulico del sistema e incluso la instalación de bombas de frecuencia variable”, añade Martínez.

Este Proyecto de Real Decreto somete a una evaluación técnica y otra económica la obligación de instalar los contadores de calorías en las comunidades de propietarios. “Si se concluye que es económicamente rentable, el titular tendrá la obligación de solicitar a una empresa instaladora o mantenedora, habilitada de conformidad con el RITE, un presupuesto en el que se determine, entre otras cuestiones, la viabilidad técnica y rentabilidad económica de la instalación concreta”, menciona el borrador.

A este respecto, los administradores de fincas consideran que las empresas (mantenedoras o no) de la instalación térmica centralizada, no deben de tener intervención alguna en el asesoramiento a las comunidades de propietarios. “Dicha competencia deberá ser exclusiva de ingenieros industriales debidamente acreditados para ello”, destaca Martínez.

También se establece un periodo transitorio para la instalación de repartidores de costes de calefacción, tal como había solicitado CAFMadrid durante la Consulta Pública. En este sentido, la fecha límite de instalación varía en función de que el número de viviendas sea mayor o menos que 70 y a la zona climática donde se ubique el edificio. En Madrid, por ejemplo, las instalaciones deberán realizarse con anterioridad a 2021, mientras que en otras zonas con clima más templado, como Cáceres o Jaén, la fecha límite será 2022.

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