Cataluña aplica multas a los alquileres con precios por encima del índice de referencia

Desde la aprobación de la Ley 11/2020 de regulación de los alquileres, el Departamento de Territorio y Sostenibilidad de la Generalitat de Cataluña ha comenzado a estudiar los contratos de alquiler.

En este contexto, se han encontrado alrededor de 30 contratos irregulares donde el precio del alquiler excede el índice de referencia y no se justifica el alto costo. Aquellos propietarios que no cumplan con la normativa podrán recibir multas desde 3.000 a 90.000 euros.

Realizar este tipo de control es fundamental para el funcionamiento correcto del sistema. De lo contrario, no veremos ningún efecto de la regulación y continuaremos con una tasa alta de desigualdad en el mercado”, asegura Mercedes Blanco, CEO de Vecinos Felices, unidad de negocio de Fincas Blanco especializada en administración de fincas.

Los casos detectados corresponden a los municipios catalanes de Barcelona, Sant Boi de Llobregat, Sabadell, Badalona, Manresa, Terrassa, Santa Coloma de Gramenet, Sant Adrià de Besòs, Vic, Rubí, Sant Feliu de Guíxols, Lleida, el Vendrell, Reus y Tarragona.

La inspección de los contratos queda a cargo del Ayuntamiento de cada municipio. Sin embargo, “en el caso de que los consistorios no manifiesten las sanciones correspondientes a cada caso en un plazo de 10 días, la Generalitat podrá intervenir y tomar las acciones legales pertinentes”, explica Blanco.

¿Cómo se establece la gravedad de las sanciones?

Las multas por infracciones leves oscilan entre los 3.000 y los 9.000 euros. Esto ocurre en aquellos casos en los que el precio no supera el valor del índice correspondiente en más de un 20%. Asimismo, la falta de un anexo en el contrato o la facilitación de un documento creado por el sistema de indexación de precios de alquiler, son causas válidas para recibir una sanción de esta categoría.

Por otro lado, las infracciones graves pueden suponer una sanción entre 9.000 y 90.000 euros. Esto solo sucederá en aquellos casos en los que las rentas son unos 20% superiores a los precios fijados en el índice de referencia.

Ante la aplicación de la norma, recomiendo asesorarse de profesionales que conozcan la normativa y su aplicación, de forma que se garantice el cumplimiento de la misma tanto a arrendatario como arrendador”, finaliza Blanco.

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