Sareb deberá provisionar la pérdida de valor de sus activos

EP. Madrid. 20/05/2014

  La Sociedad gestora de activos procedentes de la reestructuración bancaria (Sareb) deberá realizar una nueva tasación de sus carteras y provisionar las pérdidas de valor de sus activos en el caso de que éstas se produzcan, según consta en un proyecto de circular publicado por el Banco de España.

   El texto, en consulta pública hasta el 31 de mayo, establece que «al menos» al cierre de cada ejercicio, Sareb evaluará la necesidad de efectuar correcciones valorativas de sus unidades de activos.

En el caso de que su valor fuese inferior al estimado, el llamado ‘banco malo’ deberá ajustar el deterioro «con cargo a la cuenta de pérdidas y ganancias del periodo en que se evidencie». El deterioro de cada unidad de activos podrá recuperarse con impacto en la cuenta de resultados «con el límite del valor que tendría esa unidad de no haber registrado ningún deterioro».

El Banco de España especifica que en cada unidad de activos el importe de las minusvalías «podrá compensarse con plusvalías latentes de los activos incluidos en la misma».

Además, insiste en que en cada ejercicio, la sociedad deberá informar de la evolución de su plan de negocio, comparando las previsiones con lo realizado y explicando las razones de las diferencias y de cómo afecta a las valoraciones de activos.

NUEVO INVENTARIO

La institución que encabeza Luis María Linde insta a la Sareb a realizar una nueva tasación de sus activos en la que conste una estimación individual del valor razonable de cada uno de ellos en la fecha del traspaso inicial por parte de las entidades cedentes. Para hacer este inventario, la Sareb podrá utilizar la información contenida en su ‘due diligence’.

Según el proyecto de circular del Banco de España, Sareb deberá haber realizado la valoración de al menos el 30% del importe total de los activos inmobiliarios y financieros antes del 31 de diciembre de 2014 y un 60% antes del 31 de diciembre de 2015. Esta valoración deberá estar concluida antes del 31 de diciembre de 2016.

A la hora de analizar estos activos, el Banco de España indica que será necesario tener en cuenta la evolución de los precios del mercado y la realización de los activos conforme a los horizontes temporales previstos en el plan de negocio.

Además, precisa que en el caso de que haya activos que muestren un futuro desarrollo «poco fiable o altamente incierto» en los que las previsiones de futuros flujos de efectivo a recuperar no sean seguras, la sociedad tendrá que considerar realizar recortes en la valoración.

REVISIÓN CADA TRES AÑOS

En cuanto a la metodología, el Banco de España establece que el valor hipotecario se calculará individualmente sobre la base de informes de valoración de expertos independientes con experiencia en la zona y en el tipo de activos.

Así, cada tres años será necesario revisar el valor hipotecario y el cambio de experto independiente. A excepción de la primera revisión de la cartera (‘due diligence’), la valoración de los activos será realizada por sociedades de tasación inscritas en el Registro Oficial de Sociedades de Tasación del Banco de España.

En este sentido, el regulador hace hincapié en que cuando las condiciones del mercado u otras circunstancias indiquen que los precios de los activos pueden estar experimentando disminuciones significativas, «deberá elevarse de forma apreciable el nivel de confianza».

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